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Reseña de: “Bruno Rusca, Fundamentos  de la criminalización del cohecho, Marcial Pons”
Daniela Pereyra y Lucía Troncoso 
 
1. Introducción  
   
  Quien se interesa por una  figura penal, en particular, puede estudiarla de varias maneras: desde su  tipificación en la ley positiva hasta las razones últimas que justifican la  prohibición. Si se opta por esta última, es porque se decide abordar la  cuestión desde una perspectiva filosófica. En términos específicos, se trata de  definir si el tipo responde a una incorrección moral. Asimismo, la deliberación  puede llevar a un segundo problema: ¿esto es suficiente para reprimir una  conducta? Más aún si se concibe al derecho penal como una herramienta de  excepción. Así, lo relevante será analizar la potencialidad ofensiva de una  conducta. Y, en definitiva, se logrará un estudio completo, que permitirá  concluir si actuar de una manera determinada está mal en sí y, si es así, si  además puede producir un daño. 
  
2. Descripción  de la obra 
   
  El trabajo de Bruno Rusca se identifica con este segundo tipo de análisis dogmático. El autor estudia el delito  de cohecho,  tanto activo como pasivo; propio o impropio, para establecer si su castigo se encuentra legitimado,  desde un doble análisis: la  ilicitud moral y la criminalización. 
  “Fundamentos de la criminalización del cohecho” es el  nombre de su tesis doctoral, publicada por la renombrada editorial Marcial Pons  (2020). Y a la promesa de calidad que este sello ofrece se le suma el prólogo  de José Peralta, quien dirigió esta investigación. La obra comienza con una  introducción en la que se detallan los puntos problemáticos que le interesan al  autor. A su vez, se explica cuál será la metodología de trabajo, el denominado:  “equilibrio reflexivo”, la justificación del tema elegido y un breve adelanto  del contenido de la obra. 
  El  capítulo I se compone de varias aclaraciones que el investigador define como “precisiones  conceptuales”. En los capítulos II y III, Rusca analiza la ilicitud moral del  cohecho en sus dos modalidades: pasivo y activo. En el capítulo IV, por su  parte, se presenta un exhaustivo desarrollo del principio del daño (harm  principle) y del principio de protección de bienes jurídicos (o principio  de lesividad). A continuación, en los capítulos V y VI, Rusca trabaja el  problema de la criminalización del cohecho y se reserva el capítulo VII para  exponer algunas consideraciones del tipo penal entre particulares. Como epílogo, presenta  sus conclusiones. 
  
3. Análisis  crítico de la obra  
   
  Para  comenzar, la tesis de Rusca garantiza una lectura amena. La manera en que  presenta los problemas y sus soluciones permite suponer que esta ha sido una  preocupación para el autor. Él logra exponer cuestiones de suma complejidad en  un lenguaje técnico y preciso, pero, sobre todo, llano. En este sentido, la  obra puede ser leída por cualquier profesional del derecho penal. 
  En  relación con lo anterior, en la comprensión de sus tesis colaboran ejemplos muy  bien pensados. En efecto, cada problema, cada teoría y cada toma de posición se  ve acompañada de situaciones hipotéticas concretas que grafican de una manera  muy clara la incidencia de lo teórico sobre lo práctico y, en definitiva, los  yerros y aciertos que el autor quiere demostrar. 
  Para  continuar, se destaca, entre otras cualidades, una fuerte influencia del  derecho penal general. Así, en cada capítulo, el autor se adentra en cuestiones  sustanciales, las que, además de explicarlas y confrontarlas, aplica luego al  análisis del delito de cohecho. 
  No obstante, en general, se advierten citas en inglés.  Y, aunque el libro contiene cada una de las traducciones, estas poseen una  ubicación marginal, como nota al pie. Creemos que hubiera sido mejor conservar  las traducciones en la parte principal del texto, para una lectura rápida y  concentrada. 
  Ahora  bien, más allá de las observaciones generales que surgen a primera vista,  encontramos puntos que vale la pena detallar. En el capítulo I, se destaca la rigurosidad  del autor. En pocos párrafos, Rusca distingue cuestiones conceptuales de cierta  complejidad. Además, es franco con su lector: en cada oportunidad, toma una  postura al respecto y lo declara de manera explícita. En otras palabras, se  ocupa de suprimir todo margen a la interpretación. Por otra parte, se preocupa  por explicar cuáles son las premisas de las que parte y estipula con sus  lectores el uso de algunos términos como, por ejemplo, moral crítica, que sonvitales  para comprender su enfoque. Por estas razones, lo consideramos un muy  buen capítulo introductorio. 
  Gracias  al capítulo II, sus lectores abordarán rápidamente la primera parte del  problema central de su tesis: la ilicitud moral del cohecho pasivo. Aquí Rusca ofrece diferentes enfoques, lo que resulta un marco  teórico considerable para quien desea introducirse en el estudio de este tipo  penal.  
  El  capítulo III, por su parte, refleja la influencia de derecho penal general, tal  como se mencionó. Rusca analiza la ilicitud moral del cohecho activo, pero,  además, los problemas de participación que esta figura trae aparejados. Resulta  de sumo interés atender al modo en el que el autor define cuestiones de  ilicitud, desvalor de  acción, y problemas relativos a la accesoriedad de la participación, sobre todo  en los delitos especiales. 
  Además,  en este punto, advierte un problema frecuente en la doctrina y jurisprudencia:  la confusión que existe entre los casos de cohecho y los casos de extorsión. En  este sentido, aporta definiciones, v. gr., ofertas y amenazas, y  criterios útiles para lograr distinguirlos con mayor precisión. 
  Seguidamente,  luego del análisis de la incorrección moral (tanto del cohecho activo, como del  cohecho pasivo), Rusca dedica todo un capítulo a lo que considera una cuestión  previa al problema de la criminalización: su justificación en función del  principio del daño. Al efecto, expone cuál ha sido su tratamiento en la  doctrina anglosajona (con citas de Duff, Alexander y Kessler Ferzan, entre  otros) y nos permite acceder a cuestiones de filosofía moral que, en su gran  mayoría, no cuentan con traducción al español. 
  Pero,  además, se preocupa por establecer distinciones entre este principio y nuestro  referente más cercano: el principio de lesividad. Con todo,  ofrece una reconstrucción que posibilita avanzar hacia la segunda parte del  problema central: la criminalización del cohecho pasivo. Por otra parte, vale  destacar el desarrollo de otro problema central de la parte general, útil  incluso para los manuales de grado: la distinción entre los delitos de peligro  concreto y peligro abstracto. 
  Si  bien es un capítulo de extensión considerable, se justifica por el valor que  aporta. El autor detalla diferentes líneas de pensamiento, a las que acompaña con sus principales críticas y,  tal como ya lo hemos destacado, ejemplos ilustrativos. Asimismo, en este punto  se advierte la utilización de las reglas de la lógica para explicar las implicancias  de cada una de las concepciones del principio del daño. Rusca es consistente y  esto merece ser reiterado. 
  Creemos  que el aporte teórico de este capítulo es vital, sobre todo para quien se  adentra en los fundamentos del derecho penal y desea explorar más allá de la  influencia alemana. Además, presenta cierta autonomía en relación con la obra,  lo que promueve su lectura  por separado, si se lo desea. 
  Pues bien, una vez establecidos los presupuestos para analizar la  criminalización de las conductas, Rusca desarrolla el capítulo V, relativo al  castigo del cohecho pasivo. Sobre este, tenemos varios puntos para destacar. 
  En  primer lugar, Rusca se compromete con una seria discusión en torno al bien  jurídico protegido en el delito de cohecho. Aquí, supera las posiciones  dogmáticas argentinas para aportar claridad en el tema. En segundo lugar,  complementa su estudio con un relevamiento de derecho comparado. En este sentido,  se destacan legislaciones que marcan tendencia como el Código  Penal Modelo de los Estados Unidos (MPC) y el Código Penal alemán (StGB). No  obstante, recopila también las previsiones legales de países vecinos, como  Uruguay y Perú.  
  En  tercer lugar, profundiza cuestiones generales, relativas a la distinción entre  actos preparatorios y comienzo de ejecución ¾i. e., tentativa inacabada¾,  las que somete a crítica.             Específicamente,  se advierte una buena exposición del estado de discusión. De todos modos, el  autor admite que las circunstancias de cada caso definirán cuál es el criterio  correcto para señalar la distinción mencionada. En este sentido, determinará  que la aceptación de un soborno será por regla un acto preparatorio y, no  obstante, logrará justificar su criminalización anticipada. Su esfuerzo por  hacerlo es otro de los puntos fuertes por destacar. 
  Por  otra parte, en el capítulo V, el autor desarrolla las consecuencias  teórico-prácticas de la postura que asume. Entre otras implicancias, trata el  problema del desistimiento voluntario. Nuevamente, Rusca se destaca por su  innovación y prolijidad; analiza con cuidado, describe, critica y propone. Aquí  plantea una suerte de analogía in bonam partem, con prescindencia de lo  que prescribe el art. 256 del CP argentino. A su vez, adhiere a la concepción progresiva del delito, que ofrece una herramienta para la determinación de una pena  más justa. 
  Ahora  bien, a modo de observación, podemos mencionar que el tratamiento del concurso  de cohecho con otras figuras es el punto menos desarrollado del libro. En efecto, como lectoras, y  ya acostumbradas a la minuciosidad del autor, esperábamos un análisis más  detallado. Por ejemplo, hubiera sido propicio un relevamiento de los postulados  principales en materia de concurso de delitos, las teorías principales, incluso,  la postura tomada por el autor. Asimismo, hubiera ayudado en la comprensión del  tema alguna precisión relativa al tipo de concursos que habría entre el cohecho  y otras figuras ¾v.  gr., prevaricato¾. De  igual manera, hubiera sido fructífero que le dedicara una mayor extensión a uno  de los puntos fuertes de este capítulo: su propuesta legislativa, según la cual  el tipo penal de cohecho debería estar agravado por el resultado. 
  Ya  en el capítulo VI, Rusca analiza la criminalización del cohecho activo. En  primer lugar, lo define como un caso de participación en un ilícito ajeno ¾instigación al cohecho¾. En segundo lugar,  distingue dos tipos de soborno: de hostigamiento y colusorios. Mientras que  para el primer tipo recomienda su impunidad, para el segundo se inclina por su prohibición.  Al respecto, se destacan aportes teóricos, pero, sobre todo, el relevamiento de investigaciones empíricas mediante las cuales el autor concluye en la necesidad  de distinguir los casos de cohecho activo y criminalizar una parte de ellos.  
  Hacia el final de la obra, trata, en el capítulo VII,  el cohecho entre particulares. Este es el capítulo más novedoso, pues contiene  referencias teóricas y prácticas actuales, fundamentalmente, las relativas al  aspecto de la criminalización. Aquí, el autor se preocupa por definir contextos  específicos y, a su vez, discriminar los casos que deberían ser punibles. 
   
   
  4. Conclusión  
   
  La tesis de Rusca debería ser leída por todo  profesional del derecho penal. En primer lugar, porque promete una lectura, ante  todo, enriquecedora. Se compone de precisiones teóricas y serios  cuestionamientos formulados por el autor, con respecto a varios problemas del  derecho penal general. Por otra parte, las lectoras y los lectores se  encontrarán con citas y referencias de autores reconocidos y expertos en  filosofía moral; áreas poco exploradas por quienes se formaron en la tradición  alemana. Y, como si todo ello no justificara su lectura, cabe agregar el  relevamiento de derecho comparado contextualizado y las investigaciones  empíricas.  
  Además, según cual sea el perfil de quien lea esta  obra, será el uso que pueda darle, pues este trabajo admite más de uno. Para  quien se inicie en la investigación, esta tesis grafica de una manera clara la  aplicación del método del equilibrio reflexivo. Asimismo, propone otro estilo  de dogmática; estilo que se destaca por su potencial crítico e innovador.  
  En cuanto a quien ya cuenta con experiencia en la  labor de jurista, este trabajo será sumamente aprovechado. Este tipo de  lectores o lectoras se encontrarán con un serio (y actual) relevamiento de la  dogmática, tanto de derecho continental europeo como de derecho anglosajón. A  su vez, las explicaciones teóricas se ven sometidas a fino análisis del autor.  
  Por último, este libro es una herramienta útil para el  operador judicial que deba trabajar cierto tipo de investigaciones que versen sobre criminalidad económica o corrupción.  
  
    
        Daniela Pereyra, Universidad Nacional de Córdoba,  Centro de Investigaciones  Jurídicas  y   Sociales. Integrante del grupo de investigación: “El delito de  asociación ilícita: análisis de problemas dogmáticos y de política criminal”.  Coordinadora de la “Especialización Interinstitucional de Derecho Penal”, de la  Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, de la Universidad Nacional de Córdoba.  Correo electrónico:   abdanielapereyra@hotmail.com.  ORCID:  0000-0002-2984-5328.
      Lucía Troncoso, Universidad Nacional de Córdoba,  Centro de Investigaciones Jurídicas y Sociales. Integrante del grupo de  investigación: “El delito de asociación ilícita: análisis de problemas  dogmáticos y de política criminal”. Correo electrónico:  luciatroncoso@hotmail.com. ORCID:  0000-0002-3306-8453. 
   
 
 
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